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4 de junio 2025 - 8:57hs

La Fiscalía de 6° Turno a cargo de María Sigona apeló la condena judicial de primera instancia que dio una pena de 3 años al taxista que abusó de una joven en la zona del Prado (Montevideo).

La condena de la Justicia llegó luego de varios meses de juicio entre las partes y el análisis de las pericias hechas a la víctima. A su vez, uno de los puntos clave de la causa es un video de la cámara de seguridad de una casa que muestra el momento del hecho.

De acuerdo con el relato judicial, el conductor del auto –de 26 años– tomó del cuello a la joven de 18 y la obligó a practicarle sexo oral. Luego, tras eyacular, agarra una toalla y se limpia para después cobrarle el viaje desde Las Piedras (Canelones) hasta el Prado.

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En la apelación, a la que accedió El Observador, se asegura que a lo largo del juicio “quedó plenamente probado el estado de vulnerabilidad en el que se encontraba la víctima al momento de los hechos”. Este contexto, según Sigona, “sirvió para que el condenado se aprovechara de esa situación para cometer actos obscenos”.

La joven había salido a bailar junto a su grupo de amigas, con quienes tomó bebidas alcohólicas las que le provocaron un claro estado de debilidad y la imposibilidad de que no se pudiera valer por sí misma. Esto se suma a que consume psicofármacos por problemas de salud.

“Quien tenía la obligación, por ser su transportista, de brindarle un viaje y sin que se aprovechen de ella era el condenado, quien por el contrario se aprovechó de su frágil estado en el que se encontraba la víctima y practicó sobre la misma actos de naturaleza sexual”, indica el documento.

Otro de los elementos que, al entender de la fiscal, hace que el hecho “sea sumamente gravoso” es que el chofer tenga “libreta profesional y sea una persona que trabaja nada más ni nada menos que en el transporte público”.

La Fiscalía comparte los argumentos que se manejaron en la sentencia, sin embargo, considera que no se condice con la pena que finalmente se dictó. “Es sumamente benigna con el condenado, no siendo lógico el reproche penal con el bien jurídico tutelado por el delito que se condenó al hombre”, añade el texto.

Por otro lado, la defensa del taxista alegó que no se había dado cuenta de que la víctima estaba ebria y entendió que el deseo sexual era correspondido.

En contraposición, la fiscal sostiene: “Si seguimos el razonamiento, por el simple hecho de que el condenado alegue no conocer si una persona está alcoholizada lo habilita a que si siente deseos sexuales con un pasajero tiene vía libre para masturbarse, llevarse la mano de un pasajero a su pene, intentar llevar la cabeza de un pasajero hacia la zona genital, eyacular y limpiarse con un trapo”.

Finalmente, Sigona pidió que el caso se eleve a un Tribunal de Apelaciones y solicitó que se modifique la pena al chofer por un delito de abuso sexual y una pena de 10 años de penitenciaría.

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