La Suprema Corte de Justicia (SCJ) confirmó la condena al narcotraficante Martín Mutio por el envío de un cargamento de 4,5 toneladas de cocaína a Hamburgo y además de condenarlo por narcotráfico en modo de exportación en régimen de reiteración real, le imputó un delito continuado de lavado de activos en la modalidad de conversión y transferencia de bienes.
El narcotraficante había sido absuelto por la jueza de Crimen Organizado Adriana Chamsarian en noviembre de 2022 al no encontrar evidencias. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones revirtió el fallo en 2023 y le dio 15 años de prisión tal como había pedido la fiscal de Estupefacientes de 1° Turno, Mónica Ferrero.
Finalmente este jueves la SCJ ratificó el fallo. Las 4,5 toneladas de cocaína tenían como destino final Bélgica, pero fueron incautadas en una escala en Hamburgo (Alemania) el 14 de junio de 2019. El cargamento iba escondido en 211 bolsos deportivos que estaban en un contenedor con soja que había exportado Mutio.
La contundente sentencia de 140 páginas la Corte sostuvo que "la suma de indicios se vuelve piedra angular para cimentar la condena" que había sido confirmada por el Tribunal de Apelaciones y concluyó que la prueba recabada por la fiscal del caso Mónica Ferrero "es inobjetable".
"Quién cargó la cocaína fue el imputado Martín Mutio"
El primer aspecto que zanjó la sentencia de la Suprema Corte de Justicia es que Mutio fue quién efectivamente cargó la cocaína en el contenedor con soja, algo que las defensas del empresario -primero Florencio Macedo, luego Pablo Donnángelo y finalmente Juan Williman- habían intentando contrariar.
La SCJ afirmó que "las puertas no fueron abiertas, no ha violación a la estructura del contenedor y los precintos son los originales, por lo cual quién cargó la cocaína en el contendor fue el que realizó toda la carga en el contenedor originalmente, en el caso el imputado Martín Mutio".
Para reafirmar la idea la Corte argumentó que la operativa tuvo "opacidades" y mencionó que los otros dos contenedores que transportaban la soja fueron cargados en Canelones pero el de la droga fue cargado en un silo en San José, pese a que Mutio "todavía tenía soja en el depósito".
Para trasladar ese contenedor tuvo que contratar otro camión porque los que tenía no se ajustaban. El contenedor fue trasladado a otra terminal y al día siguiente fue retirado de allí por otro transportista que lo llevó al silo de San José. Ese camionero afirmó que la soja fue "cargada hasta el tope hacia el fondo del contendor y que próximo a las puertas del mismo se cargó en menor cantidad", dijo la sentencia. Además en el DUA (documento aduanero) constaba que los tres se cargarían en Canelones, como le dijo a su despachante.
Según relató Mutio le indicó que no colocaría el precinto porque iban a ir a fumigarlo del Ministerio de Ganadería aunque sabía que eso no sucedería. Ese contenedor permaneció un día y medio "guardado" en el silo mientras que los otros dos ingresaron al puerto tres horas después de cargados.
"Entiene la Sra. Fiscal y comparte el cuerpo colegiado que carece de lógica que Mutio decidiera cargar un contendor en San José y dos en Canelones, siendo que el destinatario de toda la carga era el mismo y que poseía soja para completar los tres" (en Canelones), afirmó el fallo.
También argumentó sobre que no hay duda de que se trate de cocaína, puesto que se realizaron 211 pruebas de campo, "se analizó la sustancia encontrada en todos y cada uno de los bolsos y todas arrojaron el mismo resultado: positivo a cocaína".
SCJ cree que Mutio había enviando droga antes
La SCJ llegó a la conclusión que Mutio ya venía exportando droga a Europa. Afirmó que "la operativa realizada por Mutio para la exportación de la droga a Europa, es reiteración de maniobras realizadas con anterioridad".
En total exportó 24 contenedores, 4 en 2017, dos en 2018 y once en 2019.
Un hecho llamativo, señalado por la SCJ, es que "de la investigación patrimonial surgen cuatro transferencias provenientes del exterior que no cubren el costo de los 24 contenedores por lo que el dinero no entraba en la cuenta de la empresa o las ventas eran ficticias".
La sentencia relató que cuatro días antes de que saliera el contendor con la droga interceptada en Hamburgo, se utilizó la misma modalidad para despachar cuatro contenedores enviados a Algeciras (España), es decir que uno de ellos fue cargado en el silo de San José.
Ese contenedor además excedía el peso itido y en una cadena de mails, en la que figuraba Mutio, entre los operadores que intervinieron se dio la orden de adulterar el peso en la documentación, como sucedió con el de la droga.
La SCJ citó la investigación que hizo la Dirección Nacional de Aduana que concluyó que la actividad exportadora de la empresa de Mutio Cabzen SA "no es real pues no hay razonabilidad económica dado que su mercadería enviada al exterior no llega a ningún cliente que pueda abonarla" y que la empresa es "utilizada como pantalla para encubrir actividades ilícitas",por lo que la inhabilitó.
SCJ le sumó un delito de lavado de activos
La sentencia afirmó que Mutio dispuso de "un importante capital en efectivo en sus cuentas bancarias que no puede justificar su procedencia lícita utilizando para intentar hacerlo facturas de venta de granos que luego en los hechos y declaraciones de testigos evidencian que no son reflejo de una actividad cierta".
Relataron como ejemplo que en los allanamientos realizados le encontraron US$ 43.600 distribuidos entre la casa y el auto.
Las empresas de Mutio, la mayoría puestas a nombre de testaferros, "no presentan una actividad comercial viable a punto de partida en las exportaciones y que se probó una de ellas encubría la exportación de los 4.500 kilogramos de cocaína".
Que esas empresas no fueran viables no "es lo habitual y corriente en la actividad mercantil regular, porque como es natural tiene fines de lucro y de no ser así deja en evidencia que la finalidad de esos negocios era otra", agregó.
Por otro lado "se probó fehacientemente por todos los asesoramientos realizados en la causa a Mutio y sus empresas que disponían de cantidades importantes de dinero en efectivo sin tener respaldo de una forma de ingreso legal".
"Mutio nunca pudo justificar las importantes sumas en efectivo que ingresaron a las cuentas bancarias, pero lo más trascendente es que sí se probó la falsedad de sus justificaciones mediante facturas de venta de granos irreales (...) o facturas de compra de granos que acrediten la posterior venta porque no existen los contribuyentes que presuntamente habrían realizado los negocios con él", agrega.
"Se probó también que Mutio compraba cheques pagando en efectivo y los ingresaba a las cuentas bancarias para legalizar esas sumas, pero lo que no acreditó es el origen legal del dinero con el cual hacía la adquisición", sostiene.
Además se mencionó la compra de un campo en abril de 2019 en la localidad La Capuera en Maldonado que fue adquirido por un empleado de Cabzen a Ana Meléndez y Pablo Fasano, representados por Federico Fasano por US$ 230 mil pero según el escribano que intervino, Mutio lo ó y le dijo "que tenía un dinero para cobrar y quería invertir". Le dijo que había conseguido ese dinero "por la venta de granos justificada con una boleta de una empresa unipersonal de Mutio y que justamente le extiende dicha boleta a Cabzen, su otra empresa".